FRANCESCO CARNELUTTI
UTEHA MÉXICO
ENSAYO 3.
Esta obra nos hace distinguir entre método y técnica, el método es el fin al que tenemos que llegar atreves de un procedimiento o reglas, mientras la técnica es la herramienta especifica que podemos usar para llevar a cabo estos procedimientos; teniendo método y técnica llegaremos al fin o al resultado que busca la ciencia del Derecho.
Carnelutti define al obrar como una especie de devenir (es el cambio o mutación en la realidad porque nada esta estático), es el emplear los medios para llegar al éxito, este éxito es la intuición proveniente de la imitación, este obrar se tiene que llevar acabo de reglas, estas pueden ser tanto de obrar o devenir que se desarrollan atreves de la experiencias obtenidas, el obrar emperico puede ser a través de la naturaleza o de las experiencias, mientras la ruta para llegar a perfeccionar estas experiencias, es el método, donde aplicaremos las reglas, para poder llegar al fin o resultado, la vía del obrar es el método y el obrar técnico es la aplicación de las reglas.
Se distingue también el obrar científico que se divide en dos fases:
1.- La intuición y la imitación, es la fase de la ciencia empírica o de la experiencia, esta ciencia busca la regla del obrar ajeno mientras se olvida de su propia regla.
2.- El tecnicismo, este supera al empirismo ya que busca arreglar el problema de su propia regla, porque es un problema teórico y práctico con mas complejidad.
Por lo que no se hace técnica sin ciencia, pero es menester de la técnica para que la ciencia alcance su perfección.
Es de aquí donde debemos partir si el derecho es ciencia, para entender esto debemos citar que el derecho tiene un problema de método pues la conciencia de su necesidad es bastante difusa ya que el derecho radica en el estudio de los fenómenos sociales y jurídicos, el fenómeno jurídico se desprende de la reglas del obrar que son las normas del hombre con las que buscan reglamentar la sociedad.
Como vamos a crear estas normas a través de los doctos, estudiosos o investigadores del derecho, estos estudiosos tienen que interpretar estas normas a través de la experiencia y la práctica.
Las reglas de la experiencia, a las que debe obedecer quien hace Derecho son:
• Las leyes de la interpretación, que son la regla lógica, opera en la vía del pensamiento (conocer y hacer conocer) importantísimo el lenguaje para hacer comprender lo que manda y el que obedece comprenda lo que se manda
• Física del lenguaje
• La ejecución forzada de sus órdenes
• Para hacer leyes hay que considerar otras reglas (ciencias)
• La obra
Hay que mencionar también al legislador, ya que este es el árbitro en la creación de las reglas, y el que debe plasmar las necesidades y vacios que existen en la sociedad para su convivencia armónica, es destacar que si bien impone leyes a los hombres, este obedece a las leyes de la naturaleza.
Como descubrir el obrar jurídico; estos se darán a través de los sentidos y la inteligencia, en pocas palabras observar y razonar lo que es lo mismo inducción y deducción.
Por lo que la materia jurídica es un tejido de reglas, estas reglas son los datos, que se adquieren mediante la inteligencia como razón o intuición, es de mencionar que las reglas son relaciones, no fenómenos; las reglas se inducen o se deducen pero se perciben, en este sentido la regla jurídica no es verdaderamente el dato que observa si no el resultado de la elaboración de un dato distinto, por lo que el dato no es más que la razón y la intuición.
En conclusión Carnelutti nos enseña a fijar esa línea invisible de la función de la ciencia del derecho, en esta obra nos habla de cómo llegar a la metodología de la ciencia del derecho a través de teorías, métodos y técnicas, que nos llevaran al resultado o fin de la ciencia jurídica.
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